martes, 30 de noviembre de 2010

Confirma su Secretario General Cosme Damián Sacsa Luyo

BASE DE YAUYOS DE CONFIANZA PERU APOYARA A ALVARADO EN SEGUNDA VUELTA.

YAUYOS.-
El Secretario General del Movimiento Colectivo Ciudadano “CONFIANZA PERU”, base Yauyos, Cosme Damián Sacsa Luyo, expresó que en la segunda vuelta electoral respaldara la candidatura del Movimiento Regional “Patria Joven” de Javier Alvarado Gonzales del Valle, contrario al acuerdo que adopto su agrupación en el reciente congreso realizado en Huacho.
“Respeto la decisión del Congreso, pero, en Yauyos los de Confianza Perú, hemos acordado cerrar filas por la candidatura de Javier Alvarado en la segunda vuelta electoral”, expreso Cosme Damián Sacsa Luyo.
Precisó que su gente no puede votar por el grupo de La Familia, “le ha hecho tanto daño a la provincia que lo vio nacer” y mas aun por cuestionados personajes como el Consejero Ulises Rodríguez Lazaro y el alcalde Diomides Dionicio Inga.
LAS RAZONES DEL NO.
“Para muestra un botón. La carretera en abandono de la zona sur grande de Yauyos. ¿Dónde esta el dinero? El Puente Huayo, convertido en puente fantasma y una serie de promesas que no ha cumplido la gente de la Familia en Yauyos”, dijo Sacsa.
Indicó también que durante los cuatro años de gestión de Nelson Chui, no ha brindado el apoyo en la Salud, Educación y Agricultura. “La población de Yauyos esta en abandono total”, expreso. “Por todo esto, la base de Yauyos y muchos otros grupos políticos, han optado de brindar su apoyo a una figura nueva”, dijo Sacsa en clara alusión con Javier Alvarado.
Confirmo que las diferentes Comunidades Campesina de Yauyos, ha firmado convenio para brindarles su apoyo y una vez que esté al frente de la región, Javier Alvarado, les pueda retribuir con creces para paliar sus necesidades.

sábado, 27 de noviembre de 2010

ELECTO ALCALDE DE VIÑAC, GELACIO GERÓNIMO ROJAS SE REUNIÓ CON RESIDENTES DE LIMA
Por: Manuel Madueño Ramos

Después de doce larguísimos años, nuevamente un viñaquino natural del distrito, llega ocupar el Concejo Municipal. Años perdidos con alcaldes que no tuvieron sensibilidad humana con el pueblo, lo único que hicieron fue llenarse los bolsillos con el dinero del Estado. Un caso vergonzoso fue del alcalde Wenceslao Arbizu Reynoso, de padre apurino y madre huangasquina. Nada hizo. Llegaba de noche al Concejo y desaparecía al amanecer, porque temía al reproche del pueblo. En estas elecciones volvió a postular de nuevo, pero la gente ingenua ya no existe. Es muy hermoso y cómodo vivir a costa del dinero ajeno con apoyo de otros ladrones y sinvergüenzas aduladores.

El actual alcalde Teodardo Carrión Huamán, trató de enmendar las deficiencias de su antecesor, pero no fue posible. Como buen “Santiaguino” empezó trabajar para hacer obras en bien del distrito, pero no encontró apoyo en sus regidores, que se alejaron pretextando cosas absurdas; su mismo tesorero fue su peor enemigo, salió denunciándolo ante el Poder Judicial, dice un dicho: “cría cuervos que te sacarán los ojos”. La construcción de la Plaza de Armas hubiera sido una obra para el recuerdo, parece que le faltó tiempo. Ojalá que lo termine antes que culmine su gestión edilicia.
DATOS BIOGRÁFICOS DEL ELECTO ALCALDE

Gelacio Gerónimo Rojas, nació el 04 de febrero de 1950 hijo de Bernabé Gerónimo Madueño y Abelarda Rojas Centeno. Inició sus primeros estudios primarios en la Escuela recién creada en el pueblo de La Florida- Víñac. Sus estudios primarios en Centro Escolar Pre- Vocacional Nº 532 de Satipo- Junín; la educación Secundaria en el C. E. M “Franco Irazola” de Satipo y la Educación Superior, primero en la Facultad de Sociología, luego en la Facultad de Pedagogía y Humanidades, en la Especialidad de Ciencias Sociales e Historia, en la Universidad Nacional del Centro del Perú.

Inició sus actividades educativas en 1976 en el pueblo de Apurí- Víñac, durante la Gestión Educacional del Director del NEC del distrito de Huangáscar, Prof. Samuel Gonzáles Huamán (QEPD). En 1980 regresó a Satipo donde estaban sus padres. Inició su labor educativa en el Colegio Nacional Mixto “Francisco Irazola” de Satipo y el año de 1982 fue nombrado Asesor del Área de Ciencias Sociales. En 1983, encargado en la Dirección del Colegio Nacional Mixto de “Paratushiali”. En 1991, mediante una Resolución Directoral, nombrado Director del Instituto Nacional de Cultura de la provincia de Satipo. En 1998 Director del Colegio Estatal Integrado “Antonio Raimondi” en el Centro Poblado Menor de Paratushiali, provincia de Satipo.- Junín.

La tierra tiene un imán que le hipnotiza; entonces desea volver a la tierra de sus
ancestros, proveer con un granito de arena y el año 2000 mediante Resolución Directoral de la UDE Nº 13 de Yauyos, se destaca como especialista de PEC y Educación Secundaria de Adulos a la sede provincial. Finalmente, desde hace algunos años viene desempeñándose eficientemente como Director de la Institución Educativa de Educación Secundaria del Poblado Menor de San Gerónimo, distrito de Víñac.

El domingo 7 de noviembre se hizo presente el electo alcalde en el Centro de “Wiñaccancha, casa de la “Asociación Hijos de Víñac”, residentes en Lima. Esa tarde se congregaron profesionales de Víñac y las viejas glorias para compartir la idea de cambios que necesita el pueblo, fortalecer lazos de confraternidad por largos años deseado, pero resquebrajado por los infalibles de siempre que poco o nada hicieron por Víñac. Error de los que gobernaron a espaldas de los verdaderos intereses de la población. Y cuando pedían cuentas transparentes decían lo rendiré a mi comunidad porque ellos me eligieron, al final no hizo lo uno ni lo otro. Prueba, que se apoderaba del dinero de FONCOMUN

El debate ha permitido apreciar mejor el desarrollo, planteamientos y proyectos que debe hacer un buen alcalde, dar nuevos impulsos que impliquen acuerdos y renovadas respuestas a los problemas que aqueja a la ciudad, para construir el futuro. Que haya una integración social, económica, cultural históricamente definidos desde tiempos inmemoriales. Ese domingo se nombró al Presidente de la Comisión de transferencia del Municipio, recayendo en la persona de la Sra. Norma Saldaña Madueño, que conoce de Gestión Municipal por haber sido Regidora del distrito de San Martín del Porras, Lima. Ese acto lo llevará a cabo el día 15 de diciembre en el mismo distrito.

Deseamos dar nuevos rumbos a la Gestión Municipal. Estoy seguro que todos los viñaquinos están de acuerdo. Es necesario que demos ideas, planes para pueda cumplir a cabalidad su función como alcalde. Una sugerencia, debe abrir una galería de los alcaldes más importantes de la historia de Víñac.

jueves, 25 de noviembre de 2010

LLEGAR A VIÑAC, PROVINCIA DE YAUYOS ES UNA EXPERIENCIA MARAVILLOSA
Por: Manuel Madueño Ramos

Llegar a un refugio en la altura, rendirse ante la quebrada de “Auquichanka” en donde se encuentran los cinco distritos de la zona sur grande de la provincia de Yauyos: Huangáscar, Víñac, Madeán, Azángaro y Chocos. Por el fondo del valle corre un río de aguas cristalinas, alimentadas por puquios, manantiales y deshielos de la Cordillera Occidental de los Andes. Para observar mejor el paisaje paradisíaco se tiene que viajar en ómnibus o en una camioneta de 4 X 4 e internarnos en una aventura digna de contarse en los anales de nuestra vida. Una experiencia que no volverá repetirse.El camino no es para nada viable. Son sólo 280 kilómetros los que separan Viñac de Lima, pero uno tarda casi seis horas en llegar. Partiendo de la capital por la carretera Panamericana Sur, se debe tomar en Cañete el desvío hacia Lunahuaná. La ruta asfaltada sigue en perfectas condiciones hasta el puente San Gerónimo, dentro de la jurisdicción de Yauyos. De aquel lugar comienza el trajín, porque nos desviamos hacia la derecha para ingresar a una pequeña hoya, por donde baja el río “Auquichanka” a reunirse al río Cañete. Seguimos por una trocha de zigzag hasta el distrito de Huangáscar. La gente del lugar nos espera con choclos y queso.El camino es cuesta arriba y no es recomendable emprenderlo si no se cuenta con una camioneta 4x4. En la carretera de cuatro horas, los trucos contra la altura deberán ser sacados de inmediato de cualquier lugar, pues nuestro destino nos espera a casi 3190 metros sobre el nivel del mar donde se encuentra el Centenario distrito de Viñac. Es un balcón, mirador natural que se observa el valle de Lunahuaná, Cañete y el Océano Pacífico.Cuando empieza a preguntarse si tanto esfuerzo vale la pena, Viñac le cerrará la boca de golpe, porque allí estarán cerca al Paraíso Terrenal; los aviones pasan por el cielo, cerquita como para tomarlos con la mano. El poblado parece estar enclavado en el Cuzco, al lado del Valle Sagrado de los Inkas, rodeado por cerros verdes, un maravilloso cielo azul y una tranquilidad totalmente ajena a la capital. Sin embargo, todavía estamos en el departamento de Lima Si quiere ser parte de una experiencia de lujo, entonces tiene que descubrir el hotel más codiciando del lugar, El Refugio.El Refugio
Luego de un trayecto tan severo resulta más que celestial ingresar en una casa de madera y piedra, con todas las comodidades de un hotel de 5 estrellas. Un comedor con amplios ventanales que permiten apreciar el valle desde más de 3000 metros de altura; habitaciones en las que no falta una bolsa de agua caliente; chimeneas para espantar el frío andino y lo más destacado, un jacuzzi en medio del jardín en el que el turista se puede sumergir para desafiar el frío de la noche y observar, con un trago en la mano, las estrellitas que juguetean en el firmamento azul, persiguiéndose unas a otras.Pero como no se pretende que el visitante se quede todo el tiempo en el hotel, hay diversas actividades personalizadas. El lugar cuenta con un establo, con caballos cuarto de millas traídas del Uruguay y una entrenadora que guiará a los huéspedes en las rutas por los lugares aledaños; La Florida, Apurí, Tambo Pata y ascender al Sitio Arqueológico de “Wiñaccancha”, bien puede terminar la travesía en una pachamanca al borde del río o en una truchada con peces recién sacadas de las aguas.Para los que estén más en forma, hay bicicletas de montaña y equipos para salir a dominar los apus y wamanis. Lo más hermoso caminar por la ruta histórica que hace, más de doscientos años recorrió, el futuro Presidente del Perú, don Ramón Castilla y Marquesado, rumbo a Lima, después de haber atravesado durante ocho meses de Buenos Aires, cruzando la Montaña del Matto Grosso (Brasil), Bolivia, Puno, Cuzco, Ayacucho, Huancavelica, subir a la montaña de Turpi Cotay, bajar a la quebrada de Auquichanka, llegar a Viñac, atravesar los lugares Huangáscar, Llangastambo, Lunahuaná, Cañete y finalmente presentarse ante del virrey Pezuela.

Lo único que tienen que hacer el hombre, es tener un poco de coraje y ganas de conocer un pedacito de nuestro departamento de Lima que está al alcance de todos los que deseamos dejar el mundanal ruido de la capital, las bullas y la contaminación de aire. Volverán renovados y los pulmones limpios, para iniciar la jornada con más ímpetu.

miércoles, 17 de noviembre de 2010

II FORO: LA COMUNIDAD YAUYINA EN DEFENZA DE SUS RECURSOS NATURALES Y ALTERNATIVA DE DESARROLLO

Hermanos Yauyinos
Esta semana en la Provincia de yauyos estará realizándose dos eventos:
Uno organizado por los residentes yauyinos en lima y se llevara a cabo en la ciudad de lima, tal como se indica en el archivo adjunto.
El otro es el 2º taller organizado por la empresa hidrosac, que continua en su proyecto energético, a realizarse en la ciudad de Yauyos en la localidad de Hayñia.
El 1º taller lo llevo a cabo sin las condiciones mínimas, y fue convocado por el ministerio de energía y minas, esta obra pasa por territorio de las comunidades de Achín, aquichaLes invitamos a participar de estos eventos.
A los Yauyinos organizados llamarlos a la reflexión, que además de realizar publicaciones donde se manifiesta como las empresas mineras y energéticas que no cuidan nuestro medio ambiente, a pesar de tener estos proyectos, Estudios de Impacto Ambiental aprobados. También tenemos que unirnos, en una sola organización, dejando de lado algunos celos o apetitos, del que valen las empresas, para adueñarse de nuestros recursos.
La Asociación Provincial Yauyos, El Frente de defensa de Yauyos, El Frente de defensa de la Reserva paisajística Nor Yauyos Cochas, la federación de Comunidades campesinas de la provincia de Yauyos, las municipalidades, junta de regantes, etc.
Atte.
Ing. Manuel Romero









miércoles, 10 de noviembre de 2010



FREDDY HERLINE ZAVALA GAGO DEL PARTIDO POPULAR CRISTIANO ES EL VIRTUAL ALCALDE DEL DISTRITO DE ALLAUCA.


Por fin el Jurado Especial de Elecciones y la Oficina Descentralizada de Procesos Electorales de Yauyos culminaron el proceso electoral con la valides de las actas recuperadas del Distrito de Allauca, y la Resolución emitida por el Jurado Nacional de Elecciones sobre el caso de Quinocay, en los próximos días se estarían entregando las credenciales de los Alcaldes electos para el periodos 2011 – 2014. por parte del Jurado Especial de yauyos.

En el distrito de Allauca, el resultado del ONPE al 100% el virtual alcalde es FREDDY HERLINE ZAVALA GAGO del Partido Popular Cristiano PPC.

jueves, 4 de noviembre de 2010

Alcalde, Diomides Dionisio, habría cometido peculado y le puede costar el cargo.

POLICÍA JUDICIAL DE LA FISCALÍA DE YAUYOS, CONSTATA “IN SITU” QUE NO EXISTE EL “PUENTE HUAYO” EN OMAS

El Denunciante Raul Ticllacuri, Policia Judicial, Asesor Legal del Municipio de Yauyos y la Representante de la Empresa Constructora

Pobladores de la Zona Nor Oeste lo han denominado "PUENTE FANTASMA"

Vehiculos que estan transitando en el famoso puente "Huayo"
YAUYOS.- La policía judicial de la Fiscalía Provincial en lo Penal de Yauyos, llegó a la localidad de Omas para iniciar con las investigaciones del por qué la Municipalidad Provincial de Yauyos, no construyó el “Puente Huayo”, pese que fue una obra presupuestada en el año del 2007 por los alcaldes de la zona nor oeste de esta localidad.
Las autoridades policiales, llegaron al lugar, atendiendo a la denuncia interpuesta por el ciudadano Raúl Ticllacuri al alcalde provincial Diomides Dionisio Inga, por la presunta comisión de delito de peculado y otros en agravio del Estado, no encontrando ningún avance del proyecto.
A pesar que las autoridades edilicias, informaron al Ministerio de Economía Finanzas y publicada en sus boletines informativos, que la obra ya estaba concluida, sin embargo, en la investigación preliminar realizada ayer se observó cero de avance.
Más de un lugareño, expresó que recibieron el ofrecimiento de las autoridades de la provincia que la obra se iba a realizar en el 2008, pero hasta la fecha no hay nada y más bien el lugar ahora se ha bautizado como el “puente fantasma”.
Como se recuerda, Ticllacuri, denunció el pasado cuatro de agosto al burgomaestre Diomides Dionisio Inga, por la presunta Comisión de Delito de Peculado y otros en agravio del Estado, tratando de dar una serie de explicaciones que más parecen “cuentos chinos”.
“En Transparencia Económica del MEF, aparece que se han gastado 150 mil soles en esta obra que iba a realizar la firma Paredes Fernández. Sin embargo, ahora dice que la licitación ha sido cuestionada y está en manos de CONSUCODE. Lo que nadie cree”, dijo Ticllacuri
Remarcó que el puente es de vital importancia porque favorece a los nueve distritos de la zona nor oeste de Yauyos, cuyos alcaldes acordaron que los recursos que le correspondían en ese año, serviría para la construcción del tan comentado puente.
Al lugar acudió la ingeniera Martha Huamaní, quien dijo que era la supervisora de la obra, entrando en contradicciones al señalar que no se ha realizado ningún trabajo porque había un “arbitraje”, para luego decir que la firma hizo algunas excavaciones y luego se retiró.
ALCALDE PROVINCIALA NO LLEGÓ.
Al lugar no acudió el alcalde, Diomides Dionisio Inga, tan solo envió a sus funcionarios, entre ellos el Gerente Municipal, Víctor Manuel Arana Vera quien en todo momento señaló que la obra se va culminar.
Ticllacuri, dijo que no es la primera denuncia que le hace al alcalde provincial de Yauyos, ya en anterior oportunidad le aplicó un “habeas data” porque le negó en proporcionarle la información a través de la Ley de Transparencia.
“Pero, finalmente, el juez me dio la razón y ordenó que me entregue toda la documentación correspondiente al Presupuesto Participativo de su Gestión”, dijo recordando que no prosperó la posición del alcalde en querer cobrarle por toda la documentación dos mil soles.
Ticllacuri, dijo que a pesar de haber sido reelecto el alcalde provincial, Diomides Dionisio, su persona estará atento con el rol de la fiscalización, no sólo de él sino también de otros alcaldes distritales de Yauyos
GOBERNADORA
Por su parte, la gobernadora provincial, Ing. Luisa Ponce Martínez, quien también arribó al Puente Huayo, felicitó por la valiente acción que ha emprendido el ciudadano Ticllacuri y que no desmaye en defender los intereses de los yauyinos.
Dijo que en su condición de autoridad política, está atenta con este caso, recordando que anteriormente, ya habían hecho una inspección ocular con el Notario Público y el ha servido para sustentar la denuncia ante el Ministerio Público.
“No existe el puente. Y se espera que el Ministerio Público, cumpla con las investigaciones del por qué no se ha construido esta obra, cuyo dinero era de los alcaldes de la zonar nor oeste de Yauyos”, expreso la autoridad política invocando a los yauyinos que no se olvide de su terruño. (Wilfredo Cayllahua)

miércoles, 3 de noviembre de 2010

PERSONERO DEL PARTIDO APRISTA SOLICITO SE PRONUNCIE SOBRE RESULTADO ELECTORAL EN EL DISTRITO DE ALLAUCA-YAUYOS.

LUIS GILMER PONCE MARTINEZ , en su calidad de Personero legal Provincial de Yauyos por el Partido Aprista Peruano, ha solicitado al Jurado Electoral Especial de Yauyos se pronuncie respecto al resultado electoral en el distrito de Allauca-Yauyos desarrollado el 03 de Octubre del 2010.
Fundamentando los hechos conforme se pasa a detallar:

PRIMERO: Señor Presidente , en el Distrito electoral de Allauca –Provincia de Yauyos– Departamento de Lima; el día 03 de Octubre del 2010,luego de haber concluido el proceso electoral, a horas 10.30 p.m. en el momento de que procedía a desplazar el material electoral-actas electorales con los resultados del proceso electoral, se cometieron Delitos contra el Derecho de Sufragio tipificados en los arts. 354 y 359 del Código Penal, hechos perpetrados por una turba liderada por JESUS EDEEN GALVAN GUTIERREZ (quien durante el proceso electoral se identificó como representante de transparencia), AMELIA RODRIGUEZ QUISPE , candidata del Partido Político Patria Joven, y FREDDY HERLINE ZAVALA GAGO, candidato por Partido Popular Cristiano, quien inclusive portaba un arma de fuego y llegó a colocarle en la cabeza de la Coordinadora Distrital de la ONPE doña Yamili Cleria Hervacio Zavala, con la intención que le informe donde se encontraban las actas electorales, llegando incluso a realizar tocamientos indebidos a la Coordinadora de Local de Votación, para cerciorarse si ella había escondido alguna acta electoral en sus prendas de vestir.(Hechos narrados por la Coordinadora Distrital – ONPE en su testimonial de fecha 08-10-2010 ante el representante del Ministerio Público).
Asimismo, existen en la investigación Fiscal la ocurrencia formulada por los representantes de la Policía Nacional que se encontraban el día de las Elecciones en el local de votación , quienes in situ presenciaron como se cometieron los hechos delictivos- Delito Electoral en el distrito de Allauca.

SEGUNDO: Señor , el Personero Legal del Partido Popular Cristiano – Yauyos, con fecha 06 de Octubre del 2010 ha presentado dos actas electorales N°081421, y Nº 081424 de su conveniencia a fin de que sean contabilizadas en el distrito de Allauca-Yauyos ,incumpliendo las formalidades señaladas en la Resolución Jefatural 164-2010-J/ONPE de fecha 28 de Setiembre del 2010 y publicada en el Diario El Peruano ,la misma que aprueban “ las disposiciones para recuperar y computar actas electorales extraviadas en los procesos electorales y consultas populares”.

TERCERO: Asimismo ,con fecha 12 de Octubre del 2010, ante las faltas de información y garantías respecto al proceso electoral ,la candidata de nuestro partido en el distrito de Allauca Prof. Tomasa Hernández Morales solicito por ante el Fiscal de Prevención del delito de Yauyos se realice una intervención a fin de tomar conocimiento respecto al procedimiento realizado por el Jefe de ODPE-Yauyos respecto a las dos actas presentadas ante la ODPE y en la cual se pudo constatar que el Ing. Bustillos Jefe de la ODPE –Yauyos desconocía totalmente la Resolución Jefatural 164-2010-J/ONPE, es decir la Autoridad máxima de ONPE en Yauyos desconoce sus propias Resoluciones y directivas respecto al presente proceso electoral .

Es decir ,la tramitación administrativa que venía efectuando no se ajustaba a los parámetros de la Resolución Jefatural 164-2010-J/ONPE ya que no se habían notificado a todos los personeros acreditados en la Provincia y menos a los personeros del distrito de Allauca, contraviniendo el mandato expreso del procedimiento de la mencionada Resolución ,lo que es más grave ignorando de todo tramite a la máxima autoridad en justicia electoral como es el Jurado Electoral Especial de Yauyos ,tal como señala la norma acotada y la Ley Orgánica de Elecciones.

CUARTO: Con fecha 13 del Octubre del 2010 a horas 5.00 p.m. ,el Jefe de la ODPE-Yauyos recién ha procedido a notificar a los diferentes Partidos y Movimientos Políticos a fin de que se hagan llegar las actas ,si existieran , de conformidad con la Resolución Jefatural 164-2010-J/ONPE, es decir en dicha recién la ODPE-Yauyos ha adecuado sus actuaciones de conformidad con lo preceptuado en la norma legal antes citada.

QUINTO: Es así que el pasado 27 de Octubre del 2010 a horas 3.00 de la tarde en la sede de la ODPE - Yauyos , se llevo a cabo la presentación de los ejemplares de actas electorales recuperadas y en la cual estuvieron presentes las autoridades electorales, políticas y los personeros de los partidos políticos acreditados ante el JNE y en la cual el Jefe de la ODPE-Yauyos Ing. Luis Alberto Bustillos García puso en conocimiento la recuperación de (02) ejemplares de actas electorales Nro 081421 y 081424, indicando el procedimiento seguido por la recuperación de las citadas actas electorales.

En dicha audiencia pública, el personero Legal de la agrupación Política Restauración Nacional Sr. Jesús Quispe Galván , en ese instante presento un (01) acta electoral de la mesa Nro 081423 pretendiendo en todo momento que se tome encuentra dicha acta electoral para el computo electoral ,a pesar de haberse vencido en exceso el plazo otorgado por los organismos electorales tanto en ONPE y JNE, del cual señalo tener desconocimiento sobre el plazo de presentación de actas.

SEXTO: A pesar del tiempo transcurrido ,desde el 03 de Octubre del 2010 –día del proceso electoral - a la fecha 27 de Octubre del 2010 , la Oficina Descentralizada de Procesos Electorales de Yauyos, con dicha Audiencia Pública se pretende adecuar el procedimiento de acuerdo a la Resolución Jefatural N° 164-2010-J/ONPE de fecha 30 de Setiembre del 2010, que aprueba las “Disposiciones para Recuperar y Computar Actas Electorales Extraviadas en los Procesos Electorales o Consultas Electorales” ,habiendo en primera instancia obviado los pasos señalados en los incisos a), b), y c) del artículo 2° (ANEXO – Procedimiento para recuperar ejemplares de las actas extraviadas), por lo que hasta ese momento se había desnaturalizado el espíritu de equidad, transparencia , igualdad entre las partes, que debe primar en dicho organismo electoral ODPE-Yauyos , y en la cual fue observado oportunamente por el JEE-Yauyos mediante Resoluciones expedidas con fecha 20.10.10 a fin de que la ODPE-Yauyos proceda de acuerdo a sus atribuciones ,otorgando el plazo de un día para que los personeros puedan presentar actas electorales y sean computadas en el proceso electoral en el distrito de Allauca,el mismo que venció el día 22 de Octubre del 2010 y se proceda a efectuar la convocatoria de la Audiencia para la presentación de actas electorales ,la misma que se desarrollo con fecha 27 de Octubre último.

SETIMO: Es necesario señalar que con estos hechos y actos- como la presentación de dos actas electorales 081421 y 081424 y posteriormente la presentación de la tercera acta electoral 081423 para que sea computable en el computo electoral en el distrito de Allauca-Yauyos , existe una continuación de los actos delictivos denunciados debidamente concertados entre los grupos políticos –PPC, LA FAMILIA, RESTAURACION NACIONAL ,quienes pretenden contravenir y desestimar el derecho al sufragio de los electores de Allauca-Yauyos ,ya que su población electoral debe elegir democráticamente mediante el voto popular a sus autoridades Municipales como lo han hecho en el resto del país .

OCTAVO: Ante la presentación de las tres actas electorales, la personera legal alterna del Partido Aprista Peruano doña Rossi María Miguel Palomares y la Personera Legal Titular de la Organización Política Fuerza 2011-doña Celinda Barahona Muñoz con fecha 28 de Octubre del presente han formulado las impugnaciones de las tres actas electorales respectivas amparados en los dispositivos legales expedidos por el JNE y ONPE y que las autoridades electorales deben ceñirse a lo preceptuado como es la Resolución Jefatural N° 164-2010-J/ONPE de fecha 30 de Setiembre del 2010, que aprueba las “Disposiciones para Recuperar y Computar Actas Electorales Extraviadas en los Procesos Electorales o Consultas Electorales” y Resolución N° 242-2006-SG-ADM/JNE.

Dichas impugnaciones han sido declaradas INADMISIBLES de plano pero no se resuelve sobre el fondo del asunto que es si van a ser computadas como válidas las 02 actas electorales presentadas y que no concurren con las formalidades antes acotadas y que son de estricto cumplimiento legal-electoral.

NOVENO: Señor Presidente, si bien es cierto el Jurado Nacional de Elecciones emitió la Resolución N° 242-2006-SG-ADM/JNE – Procedimientos a seguir por los Jurados Electorales Especiales en los casos de Actas Siniestradas, con la finalidad que se aplique en los casos en los cuales se haya producido un siniestro o extravío de actas electorales, y que por este motivo no llegaron al Centro de Cómputo de la ODPE.

En el presente caso, se tiene pleno conocimiento de que los autores de los hechos vandálicos quemaron todo el material electoral en el centro de votación, como es que ahora aparecen dos actas electorales cuya sumatoria de votos favorece al candidato del Partido Popular Cristiano; quien a su vez es uno de los protagonistas de los actos violentos ocurridos el pasado 03-10-2010, tal como consta en el Oficio N° 105 C 2010 VII DITERPOL L/DIVPOL CY DEPOSE DAS PNP CAP donde se transcribe la ocurrencia policial suscrita por el Jefe DAS PNP-Capillucas-Yauyos José O. Cotrina Avila, sobre ALTERACION DEL ORDEN PUBLICO, SUSTRACCION Y QUEMA DE ANFORAS, ROBO Y DAÑOS A LA PROPIEDAD PUBLICA Y PRIVADA, ASI COMO, LESIONES PERSONALES A MIEMBROS DE LA ONPE.

Señor Presidente , con la presentación de las dos actas se busca que los organismos electorales en este caso la ODPE y el JEE – Yauyos, otorguen legalidad a sus actos vandálicos, ,mediante la validación de las actas electorales; las que en todo caso representan prueba del delito cometido, y su afán de ganar a como de lugar la justa electoral.

DECIMO: Señor, como es de conocimiento general que la ganadora de las Elecciones Municipales fue la representante del Partido Aprista Peruano, doña TOMASA HERNANDEZ MORALES, ganando por un margen de 05 votos al candidato FREDDY HERLINE ZAVALA GAGO, del Partido popular Cristiano, versión que es refrendada con la manifestación de la Coordinadora Distrital de la ONPE ante el representante del Ministerio Público en fecha 08 de Octubre del 2010.

DECIMO PRIMERO: RAZONES POR LAS CUALES NO DEBEN SER COMPUTADAS LAS ACTAS QUE PRESENTA EL PERSONERO LEGAL ALTERNO DEL PARTIDO POPULAR CRISTIANO:

11.1. La Resolución N° 242-2006-SG-ADM/JNE; señala que ACTA RECUPERADA es aquella: “acta electoral obtenida por la respectiva ODPE con posterioridad al acopio de actas y demás material electoral. Puede tratarse de cualquiera de los cinco ejemplares del acta electoral a que se refiere el artículo 291° de la LOE y en aplicación del artículo 310° de la LOE”. Es decir, se refiere específicamente a las actas electorales que se envían a los organismos electorales mediante sobres plastificados de color.
Ante ello, nos preguntamos: las actas presentadas por el Personero Legal del Partido Popular Cristiano, tiene la respectiva cinta adhesiva que protege los resultados?.De no ser así, existe la posibilidad de haber sido manipulados los resultados.

11.2. En el caso de obtener actas por parte de personeros; la Oficina Descentralizada de Procesos de Yauyos, no ha actuado de acuerdo a la Resolución Jefatural N° 164-2010-J/ONPE de fecha 30-09-2010, que aprueba las “Disposiciones para Recuperar y Computar Actas Electorales Extraviadas en los Procesos Electorales o Consultas Electorales” , tal como queda demostrado en el Acta Fiscal de fecha 12 de Octubre del presente año, habiendo obviado los pasos señalados en los incisos a), b), y c) del artículo 2° (ANEXO – Procedimiento para recuperar ejemplares de las actas extraviadas), por lo que se ha desnaturalizado el espíritu de equidad, transparencia , igualdad entre las partes, que debe primar en los organismos electorales.

11.3. El Acta Electoral N° 081421 es pasible de error insubsanable, ya que la sumatoria de presuntos votos en cada columna no coinciden; siendo que en la Provincial algunas cantidades son ilegibles y que de ninguna manera el resultado es 185, y en la Distrital la sumatoria de los presuntos votos es 184 y no 185 como se consigna; razón por la que debe declararse nula.

DECIMO SEGUNDO: Por otra parte, debo señalar que los actos vandálicos cometidos el día 03 de Octubre del 2010, conllevan a la Nulidad del Proceso Electoral, conforme lo prescribe el artículo 363° inc. B) de la Ley Orgánica de Elecciones; y que en fecha 05 de Octubre del presente año se puso en conocimiento del JEE- Yauyos, solicitando se declare la respectiva Nulidad, conforme lo señala la Resolución N° 2518-2010-JNE de fecha 30-09-2010.

Señor Presidente , al momento de resolver debe tenerse en cuenta la Resolución N° 242-2006-SG-ADM/JNE de fecha 24 de Noviembre del 2006 ,el mismo que en el ítem 6.3 señala respecto a la PROCLAMACIÓN de resultados electorales
“Una vez alcanzado el resultado del cómputo efectuado por la ODPE, el JEE elabora el acta de cómputo distrital de acuerdo al artículo 31° de la LEM, y procede a proclamar a los Concejos Municipales Distritales, siempre que dicho cómputo se haya realizado con los votos de por lo menos el 50% de los electores hábiles de cada distrito electoral, en caso contrario, el JEE declarará la nulidad de la elección en la circunscripción que corresponda, en aplicación del artículo 36° de la LEM y del literal j) del artículo 36° de la LOJNE. Igual procedimiento debe seguirse para el cómputo provincial y proclamación de Concejos Municipales Provinciales “.

Que de las Actas Electorales N°081421, y Nº 081424 presentadas por el Personero Legal Alterno del Partido Popular Cristiano, se desprenden en el Acta Electoral N°081421 participaron 185 electores y en el Acta Electoral Nº 081424 participaron 160 electores ,el cual totalizan 345 electores hábiles y siendo el distrito electoral de Allauca –Yauyos cuenta con 805 electores hábiles, lo que se desprende que con dichas dos actas no alcanza el 50% de los electores hábiles del distrito electoral de Allauca ,por lo que el Jurado Electoral Especial de Yauyos deberá en su oportunidad declarar DE OFICIO LA NULIDAD DE LA ELECCION EN EL DISTRITO DE ALLAUCA –YAUYOS , en aplicación correcta del artículo 36° de la LEM y del literal j) del artículo 36° de la LOJNE.

En la fecha la ODPE-Yauyos , luego de la Audiencia Pública ha derivado las actas al JEE-Yauyos conforme a sus atribuciones se pronuncie sobre la validez de dichas actas electorales.

Es la responsabilidad del Pleno del Jurado Electoral Especial de Yauyos , la que determinará sobre la validez o no de dichas actas electorales , enorme responsabilidad del JEE-Yauyos, y en el cual creemos que existen fundadas razones para que dichas actas electorales presentadas sean declaradas nulas y de oficio se procederá a declarar la nulidad de las elecciones en el distrito de Allauca –Yauyos ,ello será una sanción moral contra las personas y partidos políticos que han pretendido alterar el desarrollo del proceso electoral ,contraviniendo el derecho al sufragio de los electores de Allauca , a elegir democráticamente a sus autoridades Municipales, como ha sucedido en el resto de los distritos de la Provincia de Yauyos.

domingo, 31 de octubre de 2010

LA FAMILIA A LLORAR EN EL RIO.

JNE. RATIFICO COMO GANADOR A LA ALCALDIA DE VIÑAC AL PROF. GELACIO GERONIMO POR CONFIANZA PERU
El dia de hoy a horas 8.00 a.m. en la pagina web. del portal del Jurado Nacional de Elecciones salió publicado la Resolución donde se declara INFUNDADO el recurso de apelación interpuesto por el movimiento regional “Concertación para el Desarrollo Regional-Lima”, y CONFIRMA la Resolución N° 001 de fecha 6 de octubre de 2010, emitida por el Jurado Electoral Especial de Yauyos, que consideró válida el Acta Electoral N° 224811-45-I, del distrito de Viñac, provincia de Yauyos, departamento de Lima, correspondiente a las Elecciones Municipales 2010.

Como es de conocimiento publico el personero legal de LA FAMILIA apelo la ResoluciónNo.01 del Jurado Electoral Especial de Yauyos argumentando una serie de cosas. Pero sin embargo no le valio en nada las argumentaciones realizadas como tampoco su informe oral, el Dr. Victor Sacsa Rodriguez Personero Legal de CONFIANZA PERU manifesto que las argumentaciones hechas por la familia carecian de fundamento legal.

Para conocimiento de nuestros lectores pasamos a publicar el texto integro de la Resolución No. 2657 -2010-JNE tiene fecha 22 de octubre del año dos mil diez es la siguiente:

Expediente N° J-2010-2634
YAUYOS
00231-2010-066

Lima, veintidós de octubre de dos mil diez

VISTO, en audiencia pública de fecha 22 de octubre de 2010, el recurso de apelación interpuesto por el movimiento regional “Concertación para el Desarrollo Regional-Lima” contra la Resolución N° 001 de fecha 6 de octubre de 2010, emitida por el Jurado Electoral Especial de Yauyos, que consideró válida el Acta Electoral N° 224811-45-I, del distrito de Viñac, provincia de Yauyos, departamento de Lima, correspondiente a las Elecciones Municipales 2010; y oído el informe oral.

ANTECEDENTES

La Oficina Descentralizada de Procesos Electorales (ODPE) de Yauyos observa el Acta Electoral N° 224811-45-I, porque la sección de instalación no se encuentra suscrita por el presidente de la mesa de sufragio.

El Jurado Electoral Especial consideró válida el Acta Electoral N° 224811-45-I, porque al realizar el cotejo del ejemplar del acta electoral observada por la ODPE con la remitida enviado por la ODPE y el ejemplar de este Jurado Electoral Especial, estas contenían datos idénticos, teniendo en cuenta que el acta correspondiente al Jurado electoral Especial si se encuentra suscrita por el presidente de la mesa por lo que debe considerase el acta como válida.

El movimiento regional sustenta su recurso de apelación interpuesto el 12 de octubre de 2010, señalando lo siguiente:

a. La suma de los votos emitidos en la elección distrital es dos (2) dígitos más que el “total de ciudadanos que votaron”, por lo que se encuentra viciada de nulidad.
b. Las actas de instalación y sufragio no cuentan con las huellas digitales de los miembros de las mesas de sufragio.

CONSIDERANDOS

1. Con relación al argumento del apelante, en el extremo que no se consignan las huellas digitales de los miembros de la mesa de sufragio en las actas de instalación y sufragio, este Colegiado considera pertinente recordar que en la Resolución N° 2676-2010-JNE ha señalado que: “[…] no existe obligación normativa legal ni reglamentaria que establezca la exigencia de consignar las huellas digitales de los miembros de la mesa de sufragio en las secciones de instalación y sufragio del acta electoral, siendo que el requisito previsto en el Reglamento respecto de la colocación de la huella digital de dos (2) de los tres (3) miembros de la mesa de sufragio en la sección de escrutinio constituye únicamente un elemento adicional cuya inobservancia no acarrea la invalidez del acta electoral”. Por tal motivo, dicha alegación del movimiento regional debe ser desestimada.

2. Asimismo, respecto a la alegación de que el “total de ciudadanos que votaron” es inferior a la suma de votos emitidos en la elección distrital, este Supremo Tribunal Electoral considera oportuno mencionar que del cotejo del los ejemplares del acta electoral observada por la ODPE, la remitida al Jurado Electoral Especial y la correspondiente al Jurado Nacional de Elecciones, no solamente se aprecia que las mismas consignan los mismos datos en las secciones de sufragio y escrutinio, resultando que, en la elección distrital, contrariamente a lo que sostiene el apelante, la suma de votos emitidos arroja un resultado idéntico al “total de ciudadanos que votaron”, en la que se consigna la cifra: doscientos catorce (214). Atendiendo a ello, dicho argumento de la parte apelante debe ser desestimado.

3. Finalmente, respecto de la falta de firma del presidente de la mesa de sufragio en el acta de instalación, este Colegiado debe mencionar que, efectuado el cotejo correspondiente con los ejemplares remitidos al Jurado Electoral Especial y al Jurado Nacional de Elecciones, se aprecia que dichos ejemplares sí cuentan con la firma del presidente de la mesa de sufragio en el acta de instalación. Asimismo, se aprecia que en el mismo ejemplar del acta electoral observada por la ODPE, las secciones de sufragio y escrutinio también cuentan con la firma del presidente de la mesa de sufragio. Por tal motivo, dicho argumento debe ser desestimado.

Por tanto, el Pleno del Jurado Nacional de Elecciones, en uso de sus atribuciones,

RESUELVE

Artículo único.- Declarar INFUNDADO el recurso de apelación interpuesto por el movimiento regional “Concertación para el Desarrollo Regional-Lima”, y CONFIRMAR la Resolución N° 001 de fecha 6 de octubre de 2010, emitida por el Jurado Electoral Especial de Yauyos, que consideró válida el Acta Electoral N° 224811-45-I, del distrito de Viñac, provincia de Yauyos, departamento de Lima, correspondiente a las Elecciones Municipales 2010.

Regístrese, comuníquese y publíquese.

SS.

SIVINA HURTADO

PEREIRA RIVAROLA

MINAYA CALLE
DE BRACAMONTE MEZA

VELARDE URDANIVIA

Bravo Basaldúa
Secretario General
jrnw

jueves, 21 de octubre de 2010

ALCALDES ELECTOS DE LA PROVINCIA DE YAUYOS

Por: Manuel Madueño Ramos
Presentamos la relación de los alcaldes electos de sólo 31 distritos de la provincia de Yauyos, porque las elecciones del distrito de Allauca, fue anulado en la ONPE, por los disturbios que hubo, que grupo de inadaptados ingresaron al local donde se llevaba a cabo el escrutinio, destrozando ánforas y las actas.

La población yauyina ha confiado ciegamente en sus elegidos, pensando que sólo ellos trabajaran por cada uno de sus distritos. Nuestra bienvenida y el espaldarazo para que su Gestión Municipal sea mejor que el anterior alcalde. Confiamos que así será. Los que no alcanzaron el favor de sus electores, será para la próximas elecciones. A prepararse y no mentir a diestra y siniestra, porque la voz del pueblo es también de Dios.

DISTRITOS ALCALDES ELEC. PARTIDOS CANTIDAD DE VOTOS

ALIS: JUAN DE DIOS DIONICIO.- APRA…………………………….155 votos
ALLAUCA: EN LA ONPE APARECE COMO NO SUFRAGADO
AYAVIRI: JUAN HUAMAN LUCAS.- LA FAMILIA…………………...151 votos
AZANGARO: JAVIER RODRIGUEZ.- LA FAMILIA………………….93 votos
CACRA.: EDISON SULCA MOLLEDA.- LA FAMILA……………….153 votos
COCHAS: AMBROSIO MENDOZA L..- UNIDAD NACIONAL……..153 votos
CARANIA: MIGUEL CLEMENTE REYES.- SOMOS PERU…………66 votos
COLONIA: ALBERTO MEDRANO.- FUERZA 2011………………...139 votos
CATAHUASI: ABRAHAN ASCENCIO.- FUERZA 2011…………….254 votos
CHOCOS: MACEDONIO ABURTO G..-CONFIANZA PERU………307 votos
HONGOS: MAURO TUPAC ALAN.- HONGOS XXI………………...123 votos
HUAMPARA: LUIS PEREZ TOMA.- LA FAMILIA…………………...266 votos
HUANCAYA: ISAIAS RAVICHAGUA.- LA FAMILIA………………...176 votos
HUANGASCAR: PAPIAS GUTIERREZ.- PATRIA JOVEN…………254 votos
HUANTAN: DENY ARROYO HUAMAN.- APRA…………………….120 votos
HUAÑEC: EUGENIO JIMENEZ.- PERU POSIBLE……………….…106 votos
LARAOS: ABEL BELTRAN FABIAN.- LA FAMILIA………………...146 votos
LINCHA: SATURNINO NINASQUE TRUJILLO.- LA FAMILIA….…146 Votos
MADEAN: BERNARDINO TAQUIRE.- PATRIA JOVEN……………218 votos
MIRAFLORES: PAULINO R. AGUIRRE SANTIANI.-APRA………...83 Votos
OMAS: LUIS ALBERTO PONCE FERNÁNDEZ.- LA FAMILIA…….193 votos
PUTINZA: ROLY MELGAREJO.- PATRIA JOVEN………………….216 votos
QUINCHES: LUIS RAMOS MICHUY.- FUERZA 2011………………116 votos
QUINOCAY: CLEMENTE NAUTA MARTINEZ.- LA FAMILIA……….77 votos
SAN JOAQUIN: TERRY ALARCON REYES.- PERU POSIBLE…….64 votos
SAN PEDRO DE PILAS: CELSO TOLENTINO de APRA…………..129 votos
TANTA: GLORIA REYES TRIGOS.- LA FAMILIA……………………131 votos
TAURIPAMPA: FULGENCIO SAAVEDRA F.- FUERZA 2011……….92 votos
TOMAS: ELMER BONILLA.- UNIDAD NACIONAL…………………..148 votos
TUPE: BENJAMIN ORDOÑEZ.- PERU POSIBLE……………………123 votos
VIÑAC: GELACIO GERONIMO.- CONFIANZA PERU……………….214 votos
VITIS: EDGARDO REINOS
O.- LA FAMILIA……………………….…..121 votos

martes, 19 de octubre de 2010

ALLAUCA … CON DOS ACTAS ELECTORALES SE PRETENDE LEGALIZAR EL FRAUDE ELECTORAL
Escribe: José Luis Walter Ruiz Meza
Abogado –Periodista. FFP.5550.

Como es de conocimiento público en el Distrito de Allauca – Provincia de Yauyos – Departamento de Lima; el día 03 de Octubre del 2010, se cometió Delitos contra el Derecho de Sufragio tipificados en los arts. 354 y 359 del Código Penal, hechos perpetrados por una turba liderada por JESUS EDEEN GALVAN GUTIERREZ (quien durante el proceso electoral se identificó como representante de transparencia), AMELIA RODRIGUEZ, candidata del Partido Político Patria Joven, y FREDDY HERLINE ZAVALA GAGO, candidato por Partido Popular Cristiano, quien según refiere la Coordinadora Distrital de la ONPE doña Yamili Cleria Hervacio Zavala, portaba un arma de fuego y llegó a colocarle en la cabeza con la intención de que le informe donde se encontraban las actas electorales, llegando inclusive a realizar tocamientos a la Coordinadora de Local de Votación, para cerciorarse si ella había escondido algún acta en sus prendas de vestir.(Hechos narrados por la Coordinadora Distrital – ONPE en su testimonial de fecha 08-10-2010 ante el representante del Ministerio Público).

En la fecha el Personero Legal del Partido Popular Cristiano – Yauyos, con la presentación de dos actas electorales de su conveniencia, pretende sorprender a su Despacho; a fin de que se tramite de acuerdo al Procedimiento N° PR-21-2006-JNE/SG “Procedimientos a seguir por los Jurados Electorales Especiales en los casos de Actas Siniestradas” aprobado por Resolución N° 242-2006-SG-ADM/JNE de fecha 24-11-2006.

Si bien es cierto el Jurado Nacional de Elecciones emitió la Resolución N° 242-2006-SG-ADM/JNE – Procedimientos a seguir por los Jurados Electorales Especiales en los casos de Actas Siniestradas, con la finalidad que se aplique en los casos en los cuales se haya producido un siniestro o extravío de actas electorales, y que por este motivo no llegaron al Centro de Cómputo de la ODPE.
En el presente caso, se tiene conocimiento que los autores de los hechos vandálicos quemaron todo el material electoral en el centro de votación, como es que ahora aparecen dos actas electorales cuya sumatoria de votos favorece al candidato del Partido Popular Cristiano; quien a su vez es uno de los protagonistas de los actos violentos ocurridos el pasado 03-10-2010, tal como consta en el Oficio N° 105 C 2010 VII DITERPOL L/DIVPOL CY DEPOSE DAS PNP CAP donde se transcribe la ocurrencia policial suscrita por el Jefe DAS PNP-Capillucas-Yauyos José O. Cotrina Avila, sobre ALTERACION DEL ORDEN PUBLICO, SUSTRACCION Y QUEMA DE ANFORAS, ROBO Y DAÑOS A LA PROPIEDAD PUBLICA Y PRIVADA, ASI COMO, LESIONES PERSONALES A MIEMBROS DE LA ONPE.

En la fecha, el personero del Partido Popular Cristiano con la presentación de las dos actas se busca que los organismos electorales en este caso la ODPE y el JEE – Yauyos, otorguen legalidad a sus actos vandálicos, mediante la validación de las actas electorales; las que en todo caso representan prueba del delito cometido, y su afán de ganar a como de lugar la justa electoral.

Es necesario señalar, que en el distrito de Allauca se instalaron 04 mesas electorales ,es decir existieron 04 actas electorales y que la ganadora de las Elecciones Municipales fue la representante del Partido Aprista Peruano, doña TOMASA HERNANDEZ MORALES, ganando por un margen de 05 votos al candidato FREDDY HERLINE ZAVALA GAGO, del Partido popular Cristiano, versión que es refrendada con la manifestación de la Coordinadora Distrital de la ONPE ante el representante del Ministerio Público en fecha 08-10-2010.

Debemos de indicar ,en el caso de obtener actas por parte de personeros; la Oficina Descentralizada de Procesos de Yauyos, no viene actuando de acuerdo a la Resolución Jefatural N° 164-2010-J/ONPE de fecha 30-09-2010, que aprueba las “Disposiciones para Recuperar y Computar Actas Electorales Extraviadas en los Procesos Electorales o Consultas Electorales” , tal como quedo demostrado en el Acta Fiscal levantada por el Fiscal de Prevención del delito de la Provincia de Yauyos Dr. Lorgio de fecha 12 de Octubre del presente año, en la cual el Ing. Luis Bustillos García en su calidad de Jefe de la ODPE-Yauyos en la fecha ha obviado los pasos señalados en los incisos a), b), y c) del artículo 2° (ANEXO – Procedimiento para recuperar ejemplares de las actas extraviadas), por lo que se ha desnaturalizado el espíritu de equidad, transparencia , igualdad entre las partes, que debe primar en los organismos electorales.

Es necesario indicar que el Acta Electoral N° 081421 es pasible de error insubsanable, ya que la sumatoria de presuntos votos en cada columna no coinciden; siendo que en la Provincial algunas cantidades son ilegibles y que de ninguna manera el resultado es 185, y en la Distrital la sumatoria de los presuntos votos es 184 y no 185 como se consigna; razón por la que debe declararse nula.

En la fecha la ODPE-Yauyos ha derivado las actas al JEE-Yauyos conforme a sus atribuciones se pronuncie sobre la validez de dichas actas electorales.Es en esta Instancia, la del Jurado Electoral Especial de Yauyos, la que determinará sobre la validez o no de dichas actas electorales , enorme responsabilidad del JEE-Yauyos, instancia en materia de justicia electoral y en el cual creemos que existen fundadas razones para que dichas actas sean declaradas nulas y se proceda a declarar la nulidad de las elecciones en el distrito de Allauca ,ello será una sanción moral contra las personas que han pretendido alterar el desarrollo del proceso electoral ,contraviniendo el derecho al sufragio de los electores de Allauca , a elegir democráticamente a sus autoridades Municipales.

miércoles, 13 de octubre de 2010

ELECCIONES COMUNALES 2010

“La Juramentación”
Cortesía: Comunidad Campesina de LARAOS

POR: ESTANISLAO GUTIERREZ ABURTO.
Las Comunidades Campesinas a más tardar deberían haber elegido el Comité de Electoral este 10 de Octubre, según su Ley. Si aún no lo han hecho, lo pueden realizar este domingo próximo 17 de Octubre, como tolerancia aprobada, indudablemente, por el Registrador por autonomía.
En esta misma Asamblea, es recomendable Aprobar el Nuevo Padrón de Comuneros Calificados, depurando a los fallecidos y a los que su Estatuto ordena.
Las Comunidades Campesinas que aún no le corresponde elegir sus nuevas autoridades de Junta Directiva por motivos de haber regularizado su Acefalia mediante el Proceso Judicial o adecuándose a la derogada Resolución 609-2002-SUNARPA/SN, se atiene a lo que el Juez o la Asamblea haya determinado el tiempo y fecha de su cese, respectivamente.
Aprovecho además, que la última fecha para elegir la Nueva Junta Directiva es, del 15 de Noviembre al 15 de Diciembre.
Y, que la Junta Directiva cesante, bajo responsabilidad, hará entrega a la Directiva electa de toda la documentación, bienes y enseres mediante acta, a más tardar dentro de los 30 días del cese, según artículo 61º del Reglamento de la Ley General de Comunidades Campesinas; caso contrario, dará lugar acciones policiales o judiciales.
Se les hace saber además que, el Artículo 50º del DS Nº 008-91-TR, de los Requisito para ser elegido miembro de la Directiva Comunal, último párrafo, es modificado por DS. Nº 047-2006-AG. Resumidamente dice, que, para ser elegido miembros de la Junta Directiva Comunal es requisito tan sólo haber sido Comunero Calificado, con por lo menos dos años de antigüedad, en el Padrón Comunal inscrito en el Registro Público.
Téngase de conocimiento que la Declaración Jurado que se estilaba anteriormente en sustentar sobre el quórum de las convocatorias para las Elecciones del Comité Electoral y de la Junta Directiva, Resolución 202-2001, 331-2001 y 609-2002-SUNARP/SN, ha sido derogadas por la Tercera Disposición Derogatoria, Resolución Nº 086-2009-SUNARPA/SN.
Las Constancias tienen, en sí, carácter de Declaración Jurada.
Y, los requisitos son los siguientes:
1. La forma y la anticipación con la que se convoca, precisando los medios utilizados.

2. Nombre completo de la persona que efectúa la convocatoria y el cargo respectivo.
3. Mencionando la recepción de los cargos de convocatoria. O de lo contrario, precisar que la convocatoria fue tomada de total conocimiento por los comuneros por lo anticipado que fue dicha publicación.
4. El número de comuneros asistentes.
5. Incluyendo los datos del Padrón Comunal, como es, número correlativo, fecha de apertura, nombre del Juez quien legaliza, etc., siendo este libro quien acreditará la calidad de Comuneros Calificados.
6. La copia fiel del texto de la convocatoria en dicha declaración.
7. Los nombres completos de los asistentes a dicha convocatoria.
Cualquier consulta, hacerla ante el Registro Público.

martes, 12 de octubre de 2010


SE PRETENDE CONSUMAR FRAUDE ELECTORAL EN ALLAUCA

Allauca, un pueblo de gente amable y pacífico, fue perturbado por algunos "revoltosos" el pasado tres de octubre.


Escribe: José Luis Walter Ruiz Meza (*)

Hace años, para ser preciso desde el mes de Noviembre del 2001, había dejado de visitar el pintoresco distrito de Allauca, es así que para llegar al distrito más grande en extensión de la Provincia de Yauyos, el mismo que colinda con el distrito de Zuñiga y la Provincia de Yauyos, era necesario caminar varias horas por una trocha de camino desde el anexo Calachota, en una zona denominada Campamento, desde la carretera Lunahuaná - Yauyos, luego de cinco horas de extenuante caminata se llega al anexo de Aucampi, a simple vista se podía apreciar que era uno de los distritos más olvidados de la querida Provincia de Yauyos, se continuaba caminando por un sendero un tanto empinado y empedrado en forma de escaleras interminables de más de dos horas, es así como se ingresaba por fin al corazón de Allauca.
Hoy, Allauca ha evolucionado, ya que cuenta con camino afirmado desde Calachota, pasando por Aucampi hasta el distrito vecino de Tauripampa, hoy cuenta con los servicios de fluido eléctrico, tiene telefonía fija, televisión, una moderna Posta Médica, se han construido nuevas instalaciones educativas en la Institución Educativa 20683 Santo Domingo de Allauca. y recientemente se ha inaugurado el atrio de la Iglesia de piedra que es espectacular y que ha merecido el reconocimiento de la autoridad eclesiástica de nuestro Obispo de la Prelatura Yauyos –Cañete-Huarochirí Monseñor: Ricardo García y García.
En Allauca, los pies del hombre campesino descansa con los pies de los cóndores, entre porciones de nubes azuladas, aquí las lluvias simplemente son suaves huracanes que a través de su paso copulan en los recintos solitarios de las piedras pálidas y únicas que en conjunto forman montañas pardas y pálidas, que mueren día a día con el trabajo tesonero, digno y ancestral que desplegan surco a surco el guerrero campesino, un paraíso en donde se impregnan el perfume autóctono de las incomparables de flores amarillas de las retamas y de las rosas silvestres rojo carmesí que adornan este hermoso e indescriptible paraje.
ELECCIONES 2010
Como en todas partes del país,se llevó a cabo las elecciones Regionales y Municipales el día 03 de Octubre del 2010 y en la que se desarrolló una fiesta electoral con la presencia mayoritaria de la población instalándose 04 mesas electorales que funcionaron sin interrupciones ni problemas hasta las 4.00 p.m. en donde se cerró el Local de Votación, posteriormente a horas 9.30 pm. se culminó con el escrutinio de la última mesa electoral y siendo las 10.30 p.m. aproximadamente en momentos que se había culminado el proceso electoral y se desplazaba el material electoral del Centro de Acopio al Vehiculo Oficial para el traslado del material electoral a la ciudad de Yauyos, en la cual el personal de la ODPE-Yauyos a cargo de la Coordinador Distrital Srta. YAMILI CLERIA HERVACIO ZAVALA y la Coordinadora del Local de Votación Sra. PAOLA PILAR CANDELA VICENTE se disponían a iniciar el repliegue del material electoral a la ciudad de Yauyos, los candidatos participantes de la justa electoral conjuntamente con electores golondrinos venidos de la ciudad de Yauyos han ingresado violentamente al local de Votación con la finalidad de atentar contra el derecho al sufragio y sus resultados electorales de una población electoral de 805 electores y en donde daban como ganadora a la persona de TOMASA HERNANDEZ MORALES, del Partido Aprista Peruano, quien se iba a la reelección venciendo a buena lid con 154 votos, seguido del candidato del Partido Popular Cristiano que alcanzo a 149 votos.
Que los candidatos perdedores conjuntamente los imputados con un grupo de 60 personas provistos con armas de fuego, rompieron la puerta de ingreso al Centro de acopio en donde se encontraban las actas electorales y demás documentos electorales que iban a servir para llevarlos al Centro de Computo de la ODPE-Yauyos, destruyeron el local y la ventana metálica que da acceso al lugar en donde se encontraban los materiales electorales y procedieron a quemar todos los documentos electorales, quemaron las 60 actas electorales, golpearon a las integrantes de la ODPE del distrito de Allauca, a la Coordinadora Distrital Srta. YAMILI CLERIA HERVACIO ZAVALA a quien le encañonaron con un arma de fuego por parte del candidato del Partido Popular Cristiano FREDDY HERLINE ZAVALA GAGO , rompieron todo el mobiliario del Centro de Acopio y quemaron todos los materiales electorales, especialmente las 60 actas electorales, impidiendo que se conozca el resultado electoral en la cual TOMASA HERNANDEZ MORALES había salido como virtual ganadora del proceso electoral.
El Artículo 354 del Código Penal señala respecto a la Perturbación o impedimento de proceso electoral
El que, con violencia o amenaza, perturba o impide que se desarrolle un proceso electoral general, parlamentario, regional o municipal, o los procesos de revocatoria o referéndum será reprimido con pena privativa de libertad no menor de tres ni mayor de diez años."Asimismo, el Artículo 359 del Código Penal , señala respecto a los.- Atentados contra el derecho de sufragio. Será reprimido con pena privativa de libertad no menor de dos ni mayor de ocho años el que, con propósito de impedir o alterar el resultado de un proceso o favorecer o perjudicar a un candidato u organización política, realiza cualquiera de las acciones siguientes:Inciso 2.-El que falsifica o destruye, de cualquier modo, en todo o en parte un registro electoral, libretas electorales o actas de escrutinio u oculta, retiene o hace desaparecer los documentos mencionados, de manera que el hecho pueda dificultar la elección o falsear su resultado.Inciso 4.-El que Sustrae, destruye o sustituye cédulas de sufragio que fueron depositadas por los electores.Es decir, se cometió Delitos contra el Derecho de Sufragio tipificados en los arts. 354 y 359 del Código Penal, hechos perpetrados por don FREDDY HERLINE ZAVALA GAGO, candidato por Partido Popular Cristiano, AMELIA MARLENI RODRIGUEZ QUISPE, candidata del Partido Político Patria Joven, contando con la participación de JESUS EDEEN GALVAN GUTIERREZ (quien durante el proceso electoral se identificó como representante de transparencia) y otras personas que ya han sido plenamente identificadas, estas conclusiones preliminares guarda relación con las declaraciones efectuadas por los representantes de la Policía Nacional que se encontraban el día de las Elecciones en el Local de Votación. Indicando que en la fecha la Fiscalía Mixta de Yauyos ha derivado la investigación al Departamento de Seguridad del Estado.

OTRO DELITO ELECTORAL
En la fecha, se pretende perpetuar otro delito electoral por parte del Personero Legal del Partido Popular Cristiano – Yauyos, con la presentación de dos actas electorales de su conveniencia, a fin de que se tramite de acuerdo al Procedimiento N° PR-21-2006-JNE/SG “Procedimientos a seguir por los Jurados Electorales Especiales en los casos de Actas Siniestradas” aprobado por Resolución N° 242-2006-SG-ADM/JNE de fecha 24-11-2006.Si bien es cierto el Jurado Nacional de Elecciones emitió la Resolución N° 242-2006-SG-ADM/JNE – Procedimientos a seguir por los Jurados Electorales Especiales en los casos de Actas Siniestradas, con la finalidad que se aplique en los casos en los cuales se haya producido un siniestro o extravío de actas electorales, y que por este motivo no llegaron al Centro de Cómputo de la ODPE.En el presente caso, se tiene conocimiento que quemaron todo el material electoral en el centro de votación, ¿cómo es que ahora aparecen dos actas cuya sumatoria de votos favorece al candidato del Partido Popular Cristiano?, precisamente quien es uno de los protagonistas de los actos delictivos del pasado 03-10-2010, conllevando a pesar que estos hechos se cometieron con premeditación e intención de ganar a como dé lugar la justa electoral; es por ello que ahora pretenden que los organismos electorales; en este caso la ODPE- y el JEE – Yauyos, otorguen legalidad a sus actos vandálicos, mediante la validación de las actas electorales que presentan, y que en todo caso representan la prueba del delito cometido.Es de conocimiento general que la ganadora de las Elecciones Municipales fue la representante del Partido Aprista Peruano, doña Tomasa Hernández Morales, ganando por un margen de 05 votos al candidato FREDDY HERLINE ZAVALA GAGO, del Partido Popular Cristiano, versión que es refrendada con la manifestación de la Coordinadora Distrital de la ONPE ante el representante del Ministerio Público con fecha 08-10-2010.En este sentido, las actas presentadas por el Personero Legal Alterno del Partido Popular Cristiano no pueden ser consideradas como actas recuperadas; ya que la Resolución N° 242-20006-SG-ADM/JNE; señala que ACTA RECUPERADA es aquella: “acta electoral obtenida por la respectiva ODPE con posterioridad al acopio de actas y demás material electoral. Puede tratarse de cualquiera de los cinco ejemplares del acta electoral a que se refiere el artículo 291° de la LOE y en aplicación del artículo 310° de la LOE”.
Es decir se refiere específicamente a las actas electorales que se envían a los organismos electorales mediante sobres plastificados de color.Ante ello, nos preguntamos ¿las actas presentadas por el Personero Legal del Partido Popular Cristiano, tiene la respectiva cinta adhesiva que protege los resultados?. De no ser así, existe la posibilidad de haber sido manipulados los resultados.En la fecha tienen la palabra ,los representantes de las instituciones electorales de Yauyos, especialmente el JURADO ELECTORAL ESPECIAL DE YAUYOS, en aras del cumplimiento de sus funciones como es la de administrar justicia en materia electoral, fiscalizar la legalidad de la realización de los procesos electorales, entre otros; a mi modesto entender en materia electoral se debe declarar la nulidad de la Elección Municipal llevadas a cabo en el Distrito de Allauca - Provincia de Yauyos y llevarse a cabo Nuevas elecciones Municipales en distrito en el término de ley, las mismas que deben contar con todas las garantías del caso por parte de las autoridades electorales, ya que en la fecha se viene vulnerando sistemáticamente el derecho al sufragio de los electores allauquinos, por parte de los representantes del Partido Popular Cristiano quienes se pasean como Pedro en su casa por las Calles de Yauyos como si no hubiera pasado nada y lo peor de todo es que en la fecha pretenden elegirse como autoridades municipales, contraviniendo a toda norma electoral y al derecho de sufragio, alterando el desarrollo del proceso electoral, lesionando de esta manera la voluntad popular, el derecho de los allauquinos en forma democrática a elegir a su autoridad municipal.
(*) Abogado –Periodista. FFP.5550

domingo, 10 de octubre de 2010

¿SEDE DE LA REGIÓN O DEL GOBIERNO REGIONAL?
Escribe: Vicente David Rojas Paico
Escribí este artículo por primera vez, el 10 de julio del 2009, cuando aún no había salido el fallo de segunda instancia de la Sala Civil de Cañete, que dispone la “instalación” (con el consecuente traslado) de la sede del Gobierno Regional de Lima, de Huacho a San Vicente. Era necesario actualizarlo porque reafirma el hecho que será el Tribunal Constitucional quien dará la última palabra, al interpretar constitucionalmente el artículo 32º de la Ley de Bases de la Descentralización 27783. El tema al parecer será propuesta obligada para los que aspiran a ser elegidos el próximo abril como congresistas de la República, representando al Distrito Electoral de Lima, actual ámbito territorial del Departamento del mismo nombre.
PROCESO DE DESCENTRALIZACIÓN
A casi ocho años del Proceso de Descentralización, desde el 1º de enero del 2003, la instalación y organización de los Gobiernos Regionales aún no termina de institucionalizarse en las jurisdicciones departamentales de ahí que las capitales de los departamentos sean las sedes de los correspondientes Gobiernos Regionales, ergo cada Departamento es el ámbito de un Gobierno Regional.

La reforma constitucional que inició el actual proceso de descentralización que a futuro debiera llevarnos hacia a una regionalización, establece además que la capital del Perú, o sea Lima Metropolitana (Provincia de Lima) no integra ninguna región, en consecuencia Lima no puede ser sede de un Gobierno Regional; de ahí que el legislador, en leyes de desarrollo constitucional como la Ley de Bases de la Descentralización Nº 27783, en su artículo 32º precisa que: “En el caso del departamento de Lima, la sede del gobierno regional es la capital de la provincia de mayor población”.
EL GOBIERNO REGIONAL DE LIMA
A mérito del pedido que se hizo en el año 2008, por parte del entonces alcalde de la Provincia de Cañete para que en base al Acuerdo de Consejo Nº 66-2008-MPC se traslade la sede del Gobierno Regional de Lima, de Huacho a San Vicente de Cañete; con fecha 23 de octubre del 2008, el Consejo Regional acordó por mayoría lo siguiente:

1º De acuerdo a la Ley Nº 27680 Ley de Reforma Constitucional del Capítulo XIV del Título IV, sobre Descentralización y la Ley Nº 27783 Ley de Bases de la Descentralización, artículo 30.1 y 32º, la sede del Gobierno Regional ya está definida desde el año 2002, siendo Huacho capital de la provincia de Huaura.
2º Ratificar a la ciudad de Huacho, capital de la Provincia de Huaura,
SEDE DEL GOBIERNO REGIONAL DE LIMA.
Conforme el artículo 39º de la Ley Orgánica de Gobiernos Regionales Nº 27867, el Acuerdo del Consejo Regional Nº 141-2008-CR/GRL, es una decisión que declara la voluntad mayoritaria del Legislativo Regional de sujetarse a lo que establece la Constitución Política del Estado y la Ley de Bases de Descentralización Nº 27783.
EL CONGRESO DE LA REPÚBLICA
Con fecha 28 de noviembre del 2008, el Congreso de la República aprobó la Ley del Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2009, autorizando la excepción de austeridad del gasto al Gobierno Regional de Lima para que continúe la construcción del local de su sede en la Provincia de Huaura. Asimismo, mediante una disposición final la referida Ley del Presupuesto Público 2009, se autorizó al Gobierno Regional de Lima pueda constituir una unidad ejecutora con sus propios recursos y bajo la administración de una Gerencia Regional denominada Lima Sur; lo que desconcentraría las actividades del Gobierno Regional de Lima. A la fecha está culminada la construcción del local de la sede en Huacho y la Gerencia Lima Sur está funcionando en la ciudad de Cañete.
Actualmente en la Comisión de Constitución, Descentralización y Regionalización del Congreso de la República, existen dos proyectos que pretenden precisar cual es la sede del GORE de Lima, uno que señala que la sede del Gobierno Regional de Lima es Huacho y otro que es San Vicente; ambos proyectos también señalan la creación de una subsede regional, la primera en San Vicente y la otra en Huacho. Ambos proyectos constituyen una modificación a una norma con rango constitucional (Ley de Bases) por tanto, su modificación correspondería a su aprobación en dos legislaturas ordinarias. Traducidos en el tiempo, estamos hablando en la primera legislatura del próximo Congreso; de ahí que sostenemos que la oferta que nos ofrecerán los aspirantes a congresistas por el actual Departamento de Lima será el asunto de la sede.
El dictamen de los referidos proyectos de ley, establecen que debe ser el legislativo regional decida donde se instala el GORE de Lima, situación que ya la conocemos a través del Acuerdo Regional Nº 141-2008-CR/GRL del 23 de octubre del 2008. Admitir la tesis de que la sede del gobierno regional se traslade por el criterio de mayor población, implicaría que ciudades como Chimbote o Juliaca, que tienen más población que Huaraz y Puno, tendrían que ser sede de Gobierno Regional.
INDEBIDA UTILIZACIÓN DE LA ACCIÓN DE CUMPLIMIENTO
Se promovió ante el Juzgado Civil de Cañete, una Acción de Cumplimiento por parte del Municipalidad Provincial de Cañete y otro ciudadano contra el Gobierno Regional de Lima, la que terminó con la ratificación, por parte de la Sala Civil de Cañete, de la sentencia de Primera Instancia que ordena la instalación de la sede en San Vicente de Cañete.
La Procuraduría Ad Hoc del Gobierno Regional de Lima, interpuso demanda de Acción de Amparo contra el mandato legal, contenido en la sentencia del Juzgado (Juez Cama) de Cañete, ratificada por la Sala Civil de Cañete; fundamentando que la Acción de Cumplimiento no procedía en razón de que no cumplía con los requisitos que estableció el Tribunal Constitucional en sentencia vinculante (Exp. Nº 00168-2005-AC-TC). Dicha demanda fue resuelta por el Juzgado de Primera Instancia de Huacho de la siguiente manera: 1.- Se declara FUNDADA la demanda de amparo; 2.- Declara la nulidad del fallo del Juez Cama; 3.- Declara nula la sentencia confirmatoria de la Sala Civil de Cañete, y 4.- Que se repongan las cosas al estado anterior al que se produjo la agresión a los derechos fundamentales del Gobierno Regional de Lima.
Ante la apelación del Municipio Provincial de Cañete y de un ciudadano cañetano, la Sala Mixta de la Corte Superior de Justicia de Huaura, confirma la sentencia de Amparo del Juez de Primera Instancia de Huacho, pero ordena que la Sala Civil de Cañete se pronuncie con arreglo a Ley, es decir vuelva a sacar sentencia respecto a la Acción de Cumplimiento que interpuso la Municipalidad de Cañete contra el Gobierno Regional de Lima, para que se traslade la sede de Huacho a San Vicente.
La Procuraduría Ad Hoc del GORE Lima, ha interpuesto recurso de agravio constitucional para que el expediente sea de conocimiento del Tribunal Constitucional y sea éste el que determine cuál es la interpretación correcta del artículo 32º de la Ley de Bases de Descentralización, en relación al tema de la sede del actual Departamento de Lima.
CONCLUSIONES:
1.- Huacho es y sigue siendo la sede del Gobierno Regional de Lima, circunstancia que cuenta con la voluntad mayoritaria del Consejo Regional y San Vicente cuenta con una Gerencia Regional denominada Lima – Sur, que comprende las provincias de Cañete y Yauyos.
2.- Sería el próximo Congreso quien apruebe o desapruebe la modificación del artículo 32º de la Ley de Bases de la Descentralización, con las consiguientes sub sedes.
3.- El Tribunal Constitucional podría resolver antes que el Congreso; estableciendo mediante sentencia una interpretación constitucional del artículo 32º de la Ley de Bases de la Descentralización.
4.- Que el tema de la sede del GORE de Lima fue aprovechable electoreramente para postular a la Presidencia del GORE de Lima y ahora lo es para postular al Congreso de la República.
Huacho, 07 de Octubre del 2010.

lunes, 4 de octubre de 2010

¡FLASH FLASH FLASH¡ EN QUINCHES LOS VOTOS GOLONDRINOS LLEGARON Y HICIERON DE LAS SUYAS… HOY A LAS 3.00 DE LA MADRUGADA RESULTO COMO VIRTUAL GANADOR EL SR. LUÍS RAMOS MICHUY LA POBLACIÓN EN ASAMBLEA PUBLICA NO ACEPTA DICHO RESULTADO.
LA POBLACIÓN QUINCHINA SE ENCUENTRA EN ESTOS MOMENTOS REUNIDOS EN LA PLAZA PRINCIPAL DE QUINCHES TOMANDO LOS ACUERDOS RESPECTIVOS PARA DESCONOCER LAS ELECCIONES DEL DÍA DE AYER. QUE PENA, A DONDE ESTAMOS LLEGANDO, GANAR UNA ELECCIÓN CON VOTOS GOLONDRINOS…
Todos los hijos Quinchinos teníamos la esperanza de mejorar la situación de nuestro distrito luego de las elecciones del 3 de octubre, por que la población Quinchina podría elegir a la persona que se merece nuestra tierra para mejorar, para empezar el camino del progreso.
.Pensábamos tener el día de hoy, una noticia alentadora, sabiendo que la persona elegida es el que tenga la aceptación de la mayoría de la población por su labor, por su trabajo, por su personalidad y claro todos los que postularon creíamos que eran o tenían esas cualidades.
.Pero lamentablemente tocamos la realidad, vimos la personalidad de cada uno de los candidatos y la realidad duro y oscuro nos dice que hay personas que no busca el desarrollo del pueblo, sino solo busca como llegar al poder, a la alcaldía como si fuera realmente un botín, de manera desesperado.
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Hoy la familia Quinchina en general, no acepta los resultados que se dieron pasados las dos de la madrugada de hoy 4 de Octubre, en la que les da como ganador al Sr. Luis Ramos Michuy.
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Hasta ahí todo bien, pudo ganar el que se merecía, el que la población le diera su voto, pero con los votos de los verdaderos hijos Quinchinos. Todos los candidatos siempre quieren ganar, pero claro para eso se presentan a las elecciones. Pero lamentablemente cuando se lleva gente que nada tiene que hacer con nuestro pueblo es entonces donde la población se descontrola y busca desconocer por que no se ajusta a la verdad. No son los Quinchinos los que están votando por la persona.
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En estos momentos nuestros hermanos mayores, jóvenes, hombres y mujeres están reunidos en plaza principal de la ciudad de Quinches, buscando mecanismos, redactando un memorial con la firma de la población en general para poder desconocer esta acción que desmerece la realidad de nuestro pueblo.
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Estaremos atentos lo que resulta de esta REUNION QUE SE REALIZA EN LA PLAZA PÚBLICA de Quinches. Publicado por CENTENARIA CIUDAD DE QUINCHES

martes, 14 de septiembre de 2010

RIMANAKUY - CHOCOS 2010

Por: Estanislao Gutiérrez Aburto

¡Excelente! Felicitaciones a los organizadores y Felicitaciones a Chocos por tener un certamen como esta, por primera vez en Yauyos.


Es la forma más moderada y democrática de participar en un tema, como es, el de esbozar un Plan de desarrollo socio-económico de un pueblo: Mejor aún, ver participar a todos los candidatos de la manera más sencilla y natural, sin poses de buen orador, verter su Plan de Gobierno.


Si analizara uno a uno a los candidatos que allí pudieron valientemente presentarse, podría tener error de una buena apreciación, por lo que no soy un político ni estadístico menos para acertar con precisión las críticas a uno, y el alago a otros; sin que para esto no rehúyo que sí me simpatizó uno de los candidatos.


En orden ya establecido, uno al cinco, fueron presentándose los candidatos. No seguro del orden; pero creo fue Macedonio Aburto, “Machi”, quien dio la iniciativa. Así como él, Alberto Limanta, Julián Molleda, Salex De la Cruz y Willy De la Cruz, leían en mano sus planes cuidando de no equivocarse en mencionar las principales obras que para ellos es importante referirlo a fin de ganar aceptación de los presentes.


Por lo general, en los pueblos rurales, propiamente en la sierra o nativas, los verdaderos lugareños, quienes en verdad conocen sus necesidades, son los impulsados a pretender ser autoridad de su pueblo. Pues tiene toda la razón. Pero, en gestión administrativa, relaciones públicas y protocolos son allí su debilidad. Sin embargo su ejemplar comportamiento y su merecido reconocimiento moral son las cualidades por las cuales son escogidos por sus simpatizantes y conducidos a participar a una alcaldía. Pues las debilidades son corregidas más adelante; con una buena orientación o asesoramiento de imagen público y personal tendríamos un buen Alcalde.


Los presentes, a iniciativa de los organizadores, fueron invitados a que mediante unos papeles en blanco hagamos las preguntas e interrogantes a los Candidatos. Fue, precisamente en esta parte del desarrollo del “RIMANAKUY” en donde se pudo apreciar el desenvolvimiento particular de cada candidato. Titubeos, inseguridad, nerviosismo y otros; siendo dos de los participantes mostraron seguridad y destreza en su intervención; de estos dos, uno, se notó su personalidad, imagen, seguridad, aplomo, serenidad, notada cultura y juventud; e incluso podría decir con Planes de Gobierno reales y factibles; sin que con esta opinión desmerecer a los demás.


Cada uno entregó su Plan de Gobierno a la mesa organizadora, a la vez volantes previos al evento y soslayadamente al interior del recinto.


Al referirme al PLAN, puedo comentar que los referidos en su “Plan” son tan solo obras a ejecutar. Es decir, obras que presume le gustará a la gente escuchar, u, obras que según su partido o particularmente él desea que su pueblo mejore. Sin embargo cuando usted, amigo lector lea su Plan de gobierno engarzada, dado a los requisitos que por ley exige JNE, verá que es una “plantilla” muy adecuada a cualquier distrito; que sinceramente no presumo sea copia de otros planes, pero, nos hacen pensar su originalidad.


Todos los planes expuestos son viables de reconocimiento, hasta dudaríamos a quien elegir, claro para los incautos sería un problema.


Sólo para comentar de un sector de la economía de producción más representativa de la sierra: El AGROPECUARIO. Mencionan que tecnificaran la agricultura y mejorará en la ganadería e inclusive la forestación. Digo yo, si mejora la agricultura con un buen canal de riego, tecnificación del riego por goteo, y adiestrará a los agricultores, etc. ¿En la misma área de tierra que por muchísimos años los viene conduciendo?; y peor, ¿con qué agua?


Chocos cuenta con 5,210.78 hectáreas de terreno bajo riego, según CENAGRO-1994. De los cuales, en promedio, cada agricultor cuentan con tan sólo de 0.25 ha.


¿Cuándo ampliamos Frontera Agrícola?


Por más que la abrumemos con tecnologías y capacitaciones, la producción será la misma cantidad, claro la calidad está por ver.


En cuanto a sus animales. Son escasos, por no decirlos nulo, las personas que puedan invertir en comprar nuevas razas o realizar las inseminaciones artificiales. Alguien tiene que regalarles o educarles. El Gobierno evita su presencia en lugares que no cuentan con buena población a beneficiar; de lo contrario “estaría gastando bala en gallinazo”, no depara “votos electorales”; entonces, ¿quien ve por ellos?


Sin embargo, por sus narices han pasado Programas de recursos económicos sin retorno, como son: Agroemprende, Agrorural, ONGs, etc., y la actual, PCC, Programa Compensaciones para la Competitividad. Pero, como siguen vendados, y sólo opinan en su presupuesto participativo, sin que para ellos pueda existir otro medio de recursos económicos que puedan ser beneficiados y que siempre están que tocan su puerta, pues estarán hasta otro RIMANAKUY, y de suerte, se toque ese tema.


No sería tanto mi imprudencia, pero prefiero decir:


Señores Alcaldes, no se equivoquen, cuando se dirigen a sus votantes, reparen que la sierra es netamente AGROPECUARIA, es decir, no son “ciudadanos”, son CAMPESINOS.


Es por eso que recomiendo que toda la inversión, de ser posible, deba estar centrada al AGUA, AMPLIACION DE LA FRONTERA AGRICOLA, LA GANADERIA Y LA FORESTACION, sin que con esto se descuide de la Educación y la Salud.


Dejémonos de ORGULLOS vanos: Mejor Municipal, mejor parque, mejor Arco de entrada a su pueblo, mejor estadio, mejor vereda, mejor cementerio, y muchos cementos más en la ciudad…etc. ¿nos produce algo? de eso, el campesino no vive y no cambiará su vida socio económico, solo tergiversará su ego logrando que el campesino viva de su orgullo alardeando de sus monumentos invertidos con inmensas inversiones sin reparar que él no tiene qué comer, de que vestir y como mejorar la supervivencia, presenciando sus fiestas patronales con los bolsillo volteados.


Los Presupuestos son para la Inversión, son para la Producción, no para Orgullos.


Y, volviendo al RIMANACUY, los “Planes” referidos en sus exposiciones son obras coyunturales, paliativas, circunstanciales, de pedido por mayoría; o, piensa usted amigo lector que el Presupuesto participativo es profesionalmente planificado ¿No es acaso el pueblo quien ordena las priorización de las obras?; y el Alcalde muy cumplidor y satisfecho con lo pedido vuelve a su reelección; pero, el campesino sigue igual. Es justamente esta ley es para complacer lo que el pueblo pide, culpándose luego a los alcaldes más no al Gobierno.


¿No puede acaso un Alcalde contratar a una ONG a fin de elaborar un Plan de Desarrollo Integral de Chocos? o es que, ¿no entienden qué es INTEGRAL? Es en este PLAN en donde los recursos están profesionalmente bien distribuidos y con un futuro promisorio a mediano o largo plazo para el pueblo.


Entendiendo que, al principio, no deseaba comentar y opinar del certamen, pero la circunstancia inquieta la sangre choquina. No sea ésta contraria a otras opiniones del mismo; pero espero sea tomada con buenas intenciones.


Este “RIMANAKUY – CHOCOS 2010” fue realizado en el auditorio del Consejo Municipal del Distrito de Chocos, el 9 de Setiembre; que, finalmente, fue por acuerdo unanimidad darle por Institucionalizado; confirmada próximamente mediante una Resolución de Alcaldía.


Este RIMANAKUY será nuevamente realizado el 9 de Setiembre del 2012, cada dos años; Y estará bajo la conducción de los Residentes de Cañete.


Nuevamente mis saludos a los organizadores: Nazario Aburto Gutiérrez, Epifanio Gutiérrez Aburto, Aquilino Aburto Gutiérrez, la hija de Nazario, no identifiqué el nombre; de igual manera a sus esposas de cada una de ellos quienes no siendo del lugar viven tan igual que sus esposos encariñados a Chocos; me refiero a Juana Garavito, Victoria Saravia y María de Gutiérrez; mi abrazo fraterno a todo ellos. Lo extrañaremos.