Escribe: José Luis W. Ruiz Meza
El fundamento para el ejercicio de este derecho –
Al respecto ,debemos de indicar que oficialmente mediante Resolución 440-2009-JNE de fecha 26 de Junio del 2009 el Pleno del JNE ha efectuado la convocatoria para llevar a cabo
Para revocar a una autoridad municipal (Alcalde o regidores) es necesario realizar una Consulta Popular ,la cual se va ha llevar a cabo el día 29 de Noviembre del 2009 y en donde los ciudadanos de los dos distritos electorales de
Asimismo, es necesario señalar que con fecha 24 de Noviembre del 2004 se modificó los Artículos 23 y 29 de
Con este dispositivo legal hace más viable la posibilidad de revocar a las Autoridades Municipales sujetas a consulta, por ello la importancia de la participación masiva de los electores el día de la votación la cual es sumamente fundamental, por ello esta participación debe ser un objetivo tanto de los promotores de la revocatoria, como de las autoridades cuya permanencia en sus cargos será sometida a consulta.
Es necesario señalar que para el éxito de un proceso electoral, la actuación de transparencia y neutralidad de los miembros de los entes electorales Jurado Nacional de Elecciones-JNE,
Al respecto el JNE tiene a cargo la fiscalización de legalidad del proceso electoral –Art. .33 Ley Orgánica de Elecciones ,asimismo es el organismo autónomo encargado de Administrar justicia Electoral Fiscalizar el ejercicio del sufragio y la realización de procesos electorales en este caso de llevar a cabo la presente consulta Electoral-Art. 5 de
Debemos señalar que anteriormente se han llevado a cabo en el proceso anterior de Consulta de Revocatoria de Autoridades el 07 de Diciembre del 2008, en donde se revocaron a las Autoridades Municipales de los distritos de AZANGARO, CACRA,CHOCOS y HONGOS ,estos distritos el mismo 29 de Noviembre del presente año también deberán de elegir a sus nuevos Alcaldes y representantes Municipales .
Debemos de exhortar a las autoridades y promotores que intervienen en el proceso, difundir , informar ,instruir a los electores sobre los alcances del proceso y sobre todo llevar el proceso electoral venidero con total transparencia , que este sea una garantía y constituya una auténtica expresión de la voluntad popular en las urnas y que la ciudadanía considere de la consulta como legítimos y legales.