lunes, 8 de diciembre de 2008

ASI FUE EL RESULTADO DE LA CONSULTA POPULAR DE REVOCATORIA DEL MANDATO DE AUTORIDADES MUNICIPALES DE LA PROVINCIA DE YAUYOS


Según los resultados emitidos por la Oficina Nacional de Procesos Electorales ONPE al cierre de nuestra información el resultado de los 13 distritos que entraron a Consulta Popular de Revocatoria de Alcaldes y Regidores de la Provincia de Yauyos quedaron en la forma siguiente:

DISTRITO DE AZANGARO: Electores Hábiles: Votaron 273.
Adler Lina Gutiérrez Chuquispuma SI 142 NO 117
Otton Melas Quispe Armas SI 96 NO 81
Vilma Lucia Gutiérrez Girón SI 135 NO 110
Faustino Lázaro Gutiérrez SI 138 NO 100
Carlos enrique de la Cruz Ramos SI 145 NO 95
Gelacio José Vega Aguado SI 135 NO 98

DISTRITO DE CACRA; Electores Hábiles; 399: Votaron 313.
Taumaturgo Ordóñez Molleda SI 168 NO 131
Noe Castro Montes SI 174 NO 115
Laureano Portas Huaman SI 169 NO 122
Herminia Román Barboza SI 167 NO 114
Quemes Huaman Montes SI 172 NO 98

DISTRITO DE HONGOS: Electores Hábiles 242 Votaron 199.
Albino Huaman Poma SI 80 NO 101
Venancio Utcañe Huaman SI 91 NO 83
Genoveva Huaman Chanca SI 98 NO 87
Santa Santiago Huaman de Rojas SI 95 NO 92
Alixes Olmedo Santos Huaman SI 96 NO 84

DISTRITO DE HUAMPARA: Electores hábiles 451 – Votaron 341
Luís Beltran Ponce Martines SI 153 NO 173
Marcela Campuzano Ballarta SI 189 NO 130
Jhon Ever Tomas Garras SI 147 NO 171

DISTRITO DE HUANGASCAR: Electores Hábiles 599 Votaron 429.
Sabino Falconiere Lázaro Quispe SI 149 NO 265
Félix Dionisio Cortez Cuzcazo SI 139 NO 259
Fabiana Huari Cullanco SI 175 NO 218
Juana Yanet Lazaro Reynoso SI 147 NO 253
Williams Benito Aguado Flores SI 165 NO 225
Pitman Stalin Aguado Gonzáles SI 156 NO 224

DISTRITO DE MADEAN: Electores Habiles: 561 Votaron 412.
Leonardo Severo Flores Javier SI 146 NO 244
Zocimo Chávez Meneses SI 138 NO 235
Edgar Carlos Ramos Reynoso SI 160 NO 222
Prudencio Eusebio Huari Leyva SI 165 NO 218
Blacida Manza Yauri SI 187 NO 187
Eduardo Armando Díaz Chulluncuy SI 165 NO 210

DISTRITO DE PILAS: Electores Hábiles 256 Votaron 213.
Rogelio Edito Quispe Soriano SI 100 NO 107
Whilem Eladio Ramos Medina SI 91 NO 111
Lermo Leoncio Solís Gomez SI 98 NO 104
Guicela Benita Bartola Quispe SI 98 NO 104
Anguelina Mónica Solis Soriano SI 97 NO 101

DISITRITO DE TOMAS: Electores Hábiles 411 Votaron 334.
Elmer Avelino Bonilla Castillo SI 126 NO 198
Gilmar Severo Hinostroza Dionisio SI 123 NO 183
Luis Rene Calixtro Dionisio SI 126 NO 178
Mercedes Ruiz Palomares SI 129 NO 181
Ninfa Soledad Melo Vivas SI 121 NO 182
Aquila Ríos Juan de Dios SI 143 NO 170

DISTRITO DE TUPE: Electores Hábiles 382 Votaron 285.
Tito Neder Iturrizaga Blaz SI 144 NO 131

De igual manera queremos informarle que los distritos de CHOCOS y VIÑAC, solo la ONPE ha dado resultados parciales al 80%, existiendo en cada uno de los distritos una acta por verificar, siendo este resultado actualizado al 80% en la forma siguiente:

DISTRITO DE CHOCOS: Electores Hábiles: 933 Votantes 636
Estiguar Mariño Gutierrez Postillón SI 309 NO 291
Percy Luis Quispe Sacsa SI 352 NO 226
Sofía Gutierrez Gutierrez SI 318 NO 251
Rosa Yalle Rivera SI 323 NO 240
Raúl Lázaro Sacsa SI 318 NO 240

DISTRITO DE VIÑAC: Electores Hábiles 1.143 Votaron 675.
Teodardo Dionisio Carrión Huaman SI 288 NO 484
Andres Zenteno Rivera SI 220 NO 462
Eder Artemio De la Cruz Mayta SI 304 NO 344
Lidia Rosa Espilco Lázaro SI 274 NO 356
Alfredo Ordoñez Mendoza SI 244 NO 260
Albino Llaman Carrión SI 256 NO 363

De la misma manera los distritos de Tanta y Huañec no han alcanzado el 50% lo que indica la Ley de los Derechos de Participación y Control Ciudadano Ley No. 26300, Capitulo III de la Revocatoria y Remoción de Autoridades, la misma que en el articulo 23 dice el Porcentaje de Votación en la revocatoria Para revocar a una autoridad se requiere la mitad más uno de los votos válidamente emitidos.
Para que proceda la revocatoria deberán haber asistido por lo menos el cincuenta por ciento (50%) de los electores hábiles del padrón. En caso contrario, la autoridad sobre la cual se consulta la Revocatoria se mantiene en el cargo sin posibilidad de que se admita nueva petición hasta después de dos (2) años de realizada la consulta." Artículo modificado por el Artículo 1° de la Ley N°28421

Han quedado en la forma siguiente:

DISTRITO DE TANTA: Electores Hábiles 306 Votaron 74.
Gloria Quintina Reyes Trigos SI 54 NO 17
Pelaya Norma Soto Ysla de Peña SI 43 NO 25
Martha Hermelinda Ysla de Peña SI 56 NO 12

DISRITO DE HUAÑEC: Electores Hábiles 346 Votaron 88.
Wiston Manolo Reyes Ramos SI 72 NO 10
Dionisia Cayetano Ysla SI 56 NO 06
José Segura Romero SI 53 NO 07
Alejandrina Cayetano Sanabria SI 56 NO 06
Eloy Silbano Calderón Romero SI 56 NO 06