jueves, 11 de junio de 2009

JUZGADO CIVIL SENTENCIA A CAÑETE COMO SEDE DEL GOBIERNO REGIONAL DE LIMA PROVINCIAS POR SUPERAR A HUAURA EN POBLACION

Cañete es la sede del Gobierno Regional de Lima Provincias, así lo sentenció el Dr. Jacinto Arnaldo Cama Quispe, juez del Primer Juzgado Civil de Cañete mediante la sentencia 019-2009 suscrita el lunes 08 de Junio del presente año, que declaró fundado la acción de cumplimiento interpuesta por Cañete.
Como se recuerda, la demanda fue interpuesta en primer momento por el ciudadano Ítalo Maldonado y secundado por la Municipalidad Provincial de Cañete, mediante expediente 2008-00453-0-0801-JR-CI-1 para que el gobierno Regional, presidido por Nelson Chui Mejia, cumpla con lo estipulado en el artículo 32 de la ley 27783, que determina que, en el caso de la Región Lima, la Provincia con mayor cantidad de habitantes deberá ser sede del gobierno regional lima provincia.
Según los abogados de Cañete, están a la espera que el juzgado civil notifique a las partes, el cual se desarrollaría en el transcurso del día.
NOTICIA CAYÓ COMO BALDAZO DE AGUA FRÍA EN HUACHO.
Muy temprano, las provincias del Norte Chico conocieron la noticia mediante el programa radial “Poder Informativo” que dirige la colega Nany Fiestas Quiroz, quien de inmediato trató de comunicarse con el Presidente Regional Nelson Chui, sin embargo, el titular del GRL, indicó que no tenía conocimiento del fallo, la misma respuesta dio el procurador Ad Hoc del GRL, Dr. Francisco Santa Cruz, quien además, mencionó que la sala Civil de Cañete aun no lo había notificado, por su parte el Alcalde de Huaura, Pedro Zurita Paz y la consejera de Huaura del GRL, Marianela Junco, indicaron que no sabía nada del fallo, pero que estaba interesada en conocer los detalles de la resolución para luego pronunciarse.
Algunos de ellos, optaron por apagar sus celulares o ya no responder las llamadas telefónicas lo que indica claramente que en la zona norte se vive un panorama de incertidumbre , luego de haber recibido la noticia.
(Américo Huamán Santos).

NOTA.- VER LA SENTENCIA (para ver mejor hacer clips)